¿Qué son las regalías?
Las regalías son pagos que se realizan por el uso o explotación temporal de derechos de propiedad intelectual o industrial. Esto incluye patentes, marcas, nombres comerciales, derechos de autor sobre obras literarias, artísticas o científicas, así como la transferencia de tecnología, planos, fórmulas, procedimientos y equipos industriales o comerciales.
Según el Código Fiscal de la Federación (CFF), Artículo 15-B, estos pagos comprenden cualquier tipo de contraprestación por la utilización de dichos derechos o conocimientos.
Regalías sujetas y exentas de IVA
Aunque la Ley del IVA no menciona explícitamente a las regalías, se consideran gravadas con la tasa general del 16%, según la fracción VI del Artículo 14, salvo que se trate de casos específicos contemplados en la fracción XVI del Artículo 15.
Regalías exentas
La ley establece que no se pagará IVA por los pagos que reciban los autores en las siguientes situaciones:
• Publicación de obras escritas: Cuando un autor autoriza la publicación en periódicos o revistas destinadas a la venta al público.
• Licencias temporales o transmisión de derechos patrimoniales sobre obras como: literarias, musicales, dramáticas, danza, pictóricas, escultóricas, caricaturas, cinematográficas, programas de radio y televisión, fotografías, diseño gráfico o textil, compilaciones y obras derivadas como adaptaciones o traducciones.
Condiciones para la exención
• Las obras deben estar registradas en el Registro Público del Derecho de Autor.
• No aplica para ideas publicitarias, logotipos, diseños industriales o cuando la explotación de la obra se realiza en actividades empresariales distintas a la enajenación al público.
Regalías sujetas a IVA
• Regalías derivadas de patentes, diseños industriales o tecnología se gravan al 16%.
• Si los derechos del autor se ceden a otra persona y esta obtiene las contraprestaciones, también se aplica el 16% de IVA.
Regalías pagadas desde el extranjero
Cuando el pago proviene de un residente en el extranjero, se considera exportación de servicios. En estos casos, la Ley del IVA establece una tasa del 0%, siempre que se cumplan los requisitos para exportación según los Artículos 29 y 30 de la Ley.
Conclusión
El tratamiento fiscal de las regalías en México depende del tipo de obra y del receptor de los pagos. Las regalías por derechos de autor sobre obras registradas pueden estar exentas de IVA, mientras que las vinculadas a patentes, tecnología y otros derechos industriales están gravadas al 16%. Las regalías pagadas desde el extranjero se consideran exportación y aplican a tasa cero. Conocer estas reglas es esencial para autores, empresas y contadores al calcular y declarar el IVA sobre regalías.