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¿Cómo y cuándo se considera pagado el IVA para recuperar saldo a favor?

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Por: CGA & Asociados

Entendiendo el Pago del IVA y su Procedimiento de Devolución

En materia fiscal, es común que exista duda sobre el momento en que un contribuyente puede considerar pagado el Impuesto al Valor Agregado (IVA) para solicitar la devolución de un saldo a favor. Recientemente, un fallo judicial aclaró que no es necesario que el contribuyente que vendió un bien o prestó un servicio haya declarado y pagado el IVA directamente ante la autoridad. Basta con que ese impuesto haya sido trasladado al adquirente o contribuyente retenedor.

¿Qué es el IVA y cómo funciona su retención?

El IVA es un impuesto indirecto que grava distintas actividades económicas: la venta de bienes, prestación de servicios independientes, uso temporal de bienes y la importación de productos o servicios. Su particularidad radica en que el impuesto es trasladado, es decir, el vendedor no paga el impuesto con su propio dinero, sino que lo cobra al cliente para luego enterarlo al fisco.

En ciertos casos, la ley establece que la obligación de pagar el IVA ante Hacienda recae en quien compra el bien o recibe el servicio, conocido como contribuyente retenedor. Esto crea un mecanismo especial de retención y pago que no siempre depende directamente del vendedor.
El momento clave para considerar el IVA pagado

Según la ley, el IVA se considera pagado en diferentes circunstancias: cuando se efectúa el pago en efectivo o electrónico, cuando se cobra un cheque o se transmite a un tercero, o cuando se presenta la declaración y pago ante la autoridad fiscal.
Sin embargo, el tribunal ha determinado que para los casos donde el IVA fue trasladado al adquirente, el pago efectivo ocurre al momento de ese traslado. Por lo tanto, el contribuyente que vendió el bien o prestó el servicio puede acreditar el IVA y solicitar su devolución sin necesidad de que haya realizado el pago directamente ante la autoridad.

¿Qué significa esto para los contribuyentes?

Esta interpretación beneficia a quienes venden bienes o servicios, ya que les permite recuperar su saldo a favor de IVA más fácilmente. No necesitan esperar que la autoridad confirme el pago directo, sino que basta con demostrar que el impuesto fue trasladado al retenedor, quien es responsable de su entero ante Hacienda.

Conclusión

El criterio legal vigente establece que el IVA se considera efectivamente pagado en el momento en que se traslada al contribuyente retenedor. Esto facilita la gestión para que los contribuyentes soliciten la devolución de saldos a favor del impuesto, haciendo más ágil el proceso y asegurando claridad en la interpretación fiscal.
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