En la facturación electrónica en México, los pagos parciales y las devoluciones generan dudas sobre cómo emitir el Complemento para Recepción de Pagos (CRP) y aplicar la Regla 2.7.1.32 de la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF). Esto es clave cuando en una misma factura hay conceptos con diferentes tasas de IVA y posteriormente se registran devoluciones o descuentos.
La Regla 2.7.1.32 indica que el monto del pago debe aplicarse proporcionalmente a todos los conceptos de la factura. Sin embargo, en la práctica, algunos contribuyentes lo aplican solo a ciertos productos, lo que no coincide con la norma. La situación se complica cuando hay CFDI de egreso por devoluciones o bonificaciones antes del pago.
Postura del SAT
El SAT aclaró que:
• En facturas con distintas tasas de IVA y método de pago PPD, las devoluciones o descuentos deben documentarse con un CFDI de egreso.
• Este CFDI debe llevar la clave de producto o servicio correcto y relacionarse con la factura original.
• La proporción de pago en el CRP se aplicará solo sobre los conceptos que sigan vigentes después del ajuste.
Conclusión
En pagos parciales con devoluciones o descuentos, el Complemento de Recepción de Pagos debe reflejar solo los conceptos vigentes después de aplicar las notas de crédito. Esto asegura que el CFDI cumpla con la Regla 2.7.1.32 y evita errores en la distribución del pago. Aplicar correctamente esta norma es esencial para cumplir con el SAT y evitar inconsistencias fiscales.