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Incorporación del Desarrollo Inmobiliario como Actividad Vulnerable en la LFPIORPI

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Por: CGA & Asociados

La reciente reforma a la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (LFPIORPI) introduce como nueva actividad vulnerable la recepción de recursos destinados al Desarrollo Inmobiliario. Esta figura se define en el artículo 3, fracción IV Bis, como el “proyecto para la construcción de inmuebles o fraccionamiento de lotes, destinados a su venta o renta”.

La reforma también modifica el artículo 17, fracción V Bis, estableciendo que la recepción de recursos para estos proyectos será considerada actividad vulnerable y deberá reportarse ante la Secretaría cuando el acto u operación sea igual o superior a 8,025 veces el valor diario de la UMA.

Este cambio responde a la necesidad de monitorear y prevenir el uso del sector inmobiliario como canal para operaciones con recursos de procedencia ilícita, considerando que históricamente es una de las industrias más utilizadas para el lavado de dinero.

Conclusión

Con la inclusión del desarrollo inmobiliario como actividad vulnerable, se refuerza el marco normativo para la vigilancia de flujos financieros en el sector construcción. Los desarrolladores, inversionistas y agentes involucrados deberán implementar mecanismos de identificación y reporte ante la autoridad, con el fin de reducir el riesgo de que sus operaciones sean utilizadas con fines ilícitos. Esta reforma exige mayor responsabilidad y control documental en cada etapa del desarrollo inmobiliario.
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