Desde 2022, la emisión de notas de crédito está sujeta a nuevas reglas fiscales. En 2025, el SAT mantiene la exigencia de que cada nota esté justificada y respaldada con documentación adecuada. Sin embargo, la normativa ha generado dudas e incertidumbre jurídica entre los contribuyentes.
Contexto de la reforma
La autoridad justificó la medida argumentando que algunos contribuyentes emitían CFDI de ingresos con errores y, en lugar de cancelarlos, expedían comprobantes de egresos sin justificación, buscando reducir artificialmente sus ingresos.
El problema surge porque la exposición de motivos y la redacción de la reforma no coinciden:
• Mientras que la exposición habla de “vicios” en la emisión de CFDI,
• La modificación al Artículo 29 del CFF se enfoca en devoluciones, descuentos y bonificaciones.
Esto genera una falta de claridad que impacta la operación de las empresas.
Requisitos establecidos por la reforma
De acuerdo con la modificación al Artículo 29, fracción VI, desde 2022:
• Si emites CFDI de egresos sin justificación ni soporte documental, no podrás disminuirlos de tus comprobantes de ingresos.
• La autoridad podrá revisar y verificar tu documentación en facultades de comprobación.
Impacto en los contribuyentes
La norma introduce incertidumbre jurídica porque la autoridad no define claramente qué se considera “justificación suficiente”. Esto puede provocar escenarios como:
• Solicitar a los clientes documentos adicionales para avalar devoluciones.
• Implementar procesos más estrictos que afectan la experiencia del consumidor.
• Incremento en las cargas administrativas y riesgos de fiscalización.
Recomendaciones para 2025
Si tu empresa ha emitido notas de crédito este año, considera lo siguiente:
• Revisa cada operación para asegurarte de que cuentas con la justificación y soporte documental.
• Crea expedientes internos con evidencia: facturas, devoluciones, correos, autorizaciones, etc.
• Mantén tus procesos alineados con las mejores prácticas y evita riesgos de observaciones fiscales.