La reforma a la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (LFPIORPI) establece en su Artículo 18, fracción X la obligación para los sujetos que realizan actividades vulnerables de contar con mecanismos automatizados que permitan un monitoreo permanente de las operaciones realizadas con sus clientes o usuarios.
Estos sistemas deben identificar operaciones que no se ajusten al perfil transaccional habitual de los clientes, conforme a las reglas de carácter general emitidas por la Secretaría. Además, deben permitir un seguimiento intensificado a clientes catalogados como Personas Políticamente Expuestas (PEP) o considerados de alto riesgo, de acuerdo con las evaluaciones establecidas en la ley.
Este monitoreo automatizado permite detectar oportunamente actividades inusuales o sospechosas y acumular información relevante para reportes, fortaleciendo la capacidad preventiva contra el lavado de dinero y financiamiento al terrorismo.
Conclusión
La implementación de sistemas automatizados de monitoreo representa un avance tecnológico y operativo clave para los sujetos obligados. Al contar con herramientas que detectan patrones atípicos y permiten un seguimiento especial a clientes de riesgo elevado, se optimiza la prevención y se incrementa la eficacia en la detección temprana de posibles operaciones ilícitas.
Las empresas deben invertir en tecnología adecuada y ajustar sus procesos para cumplir con esta obligación, lo que a su vez contribuye a fortalecer la transparencia y confianza en sus operaciones, así como a evitar sanciones regulatorias.