En el actual ecosistema de justicia y administración digital en México, la Firma Electrónica Avanzada (FEA) se ha consolidado como el pilar de la autenticidad documental. Sin embargo, existe una distinción técnica y legal crucial que a menudo se presta a interpretaciones imprecisas: la diferencia entre la firma electrónica como acto jurídico y el certificado digital como soporte técnico.
La Firma Electrónica como Equivalente Funcional
De acuerdo con el Artículo 38 del Código Fiscal de la Federación (CFF), la FEA posee el mismo valor jurídico que la firma autógrafa. Su función primordial es garantizar la integridad del documento y la autoría del firmante. Para que un acto administrativo sea válido en formato digital, debe estar signado con esta herramienta, la cual asegura que el contenido no ha sido alterado desde su creación.
El Certificado Digital y el Requisito de Vigencia
Es fundamental precisar que la vigencia no es un atributo intrínseco de la firma, sino del certificado digital que la ampara. Según los artículos 17-D y 17-G del CFF, así como la Ley de Firma Electrónica Avanzada, el certificado tiene una vida útil de cuatro años.
Un criterio relevante emitido por el Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA) en 2025 clarifica que los requisitos de inicio y término de vigencia, así como la clave pública, son elementos de validez del certificado y no de la firma en sí misma. Esta distinción es vital: la firma electrónica produce efectos jurídicos siempre que esté respaldada por un certificado vigente al momento de la suscripción.
Implicaciones de la Vigencia Técnica
La caducidad del certificado digital inhabilita la capacidad de generar nuevas firmas válidas, pero no invalida los actos firmados durante su periodo de vigencia. La administración pública y los contribuyentes deben, por tanto, distinguir entre:
• El Certificado: El documento digital que vincula la identidad con la firma (sujeto a vigencia).
• La Firma Electrónica: El resultado técnico del uso del certificado (sujeto a validez legal).
Conclusión
La seguridad jurídica en los medios digitales depende del estricto cumplimiento de los requisitos de los certificados digitales. Al comprender que la vigencia es un requisito del soporte técnico y no de la firma como concepto legal, las organizaciones pueden gestionar sus procesos de renovación de manera oportuna, garantizando que sus actos administrativos y fiscales mantengan plena eficacia ante las autoridades.