Precios de transferencia
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Acciones 8, 9 y 10: Transacciones con Intangibles

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Por: CGA & Asociados

La Acción 8 del Proyecto BEPS establece directrices para evitar la erosión de la base imponible y la transferencia de beneficios en transacciones que impliquen el uso o la transferencia de intangibles. Entre los objetivos principales de las directrices de la OCDE para las transacciones de intangibles se incluyen:

1. Definir qué es un "intangible".
2. Asegurar que los beneficios derivados del uso y la transmisión de intangibles se distribuyan adecuadamente, según la creación de valor.
3. Desarrollar normas de precios de transferencia o establecer medidas especiales para los intangibles difíciles de valorar.

Identificación de los activos intangibles

El análisis de precios de transferencia puede complicarse por la definición de "intangible". Según las directrices de la OCDE, un intangible es un bien que no es físico ni financiero, y que puede ser objeto de propiedad o control para su uso en actividades comerciales. Su uso o transmisión sería remunerado de manera comparable a una transacción entre empresas independientes en condiciones similares.

Para gestionar la transmisión de intangibles, es necesario identificar detalladamente las relaciones comerciales o financieras entre las empresas involucradas, así como las condiciones económicas que subyacen a esas relaciones. El análisis funcional debe identificar las funciones realizadas, los activos utilizados y los riesgos asumidos por cada miembro del grupo empresarial.

Es importante recordar que algunos intangibles relevantes para los precios de transferencia no siempre se registran como activos contables. Por ejemplo, los costos de desarrollo mediante inversión en I+D o en publicidad pueden registrarse como gastos y no aparecer en el balance, aunque estos activos intangibles pueden generar un valor significativo y deben ser considerados en los análisis de precios de transferencia.

Clasificación de intangibles

En el análisis de precios de transferencia, se pueden clasificar los intangibles en diferentes categorías. Aunque algunos intangibles se dividen en categorías como mercantiles, "blandos" o "duros", rutinarios o no rutinarios, las directrices de la OCDE se enfocan en aquellos intangibles que son únicos y valiosos.

Los intangibles únicos y valiosos son aquellos que:

1. No tienen comparables disponibles ni se ofrecen a terceros en transacciones que sean potencialmente comparables.
2. Se utilizan en actividades empresariales y se espera que generen beneficios económicos significativos en el futuro.

Algunos ejemplos comunes de intangibles incluyen: patentes, conocimientos técnicos, secretos comerciales, marcas comerciales, derechos contractuales, licencias, fondo de comercio y sinergias de grupo.

Análisis DEMPE en las operaciones con intangibles

En los análisis de precios de transferencia para intangibles, se pueden presentar dificultades debido a factores como:

1. La falta de comparabilidad entre las operaciones con intangibles de empresas asociadas y las de empresas independientes.
2. La falta de comparabilidad entre los intangibles involucrados.
3. La propiedad y el uso de los intangibles dentro del grupo multinacional.
4. La dificultad para aislar el impacto de un intangible específico en los ingresos del grupo.
5. El hecho de que varias entidades dentro del grupo puedan realizar actividades relacionadas con el desarrollo, mantenimiento y explotación del intangible de forma integrada.
6. Las contribuciones de diferentes entidades del grupo al valor del intangible.
7. Las estructuras contractuales entre empresas asociadas que dividen la propiedad, los riesgos y la financiación de los intangibles de una manera que no se observa en operaciones entre empresas independientes, lo que puede causar erosión de la base imponible y traslado de beneficios.

Pasos para las transacciones con intangibles entre empresas asociadas

Las operaciones con intangibles entre empresas asociadas deben seguir ciertos pasos:

1. Identificar los intangibles utilizados o transmitidos y los riesgos asociados al desarrollo, mejora, mantenimiento, protección y explotación de los intangibles.
2. Revisar los acuerdos contractuales, especialmente para determinar la propiedad legal de los intangibles en función de los términos acordados.
3. Realizar un análisis funcional para identificar quién realiza las funciones, utiliza los activos y gestiona los riesgos relacionados con el desarrollo y explotación de los intangibles.
4. Confirmar la consistencia entre los acuerdos contractuales y las actividades de las partes involucradas, verificando quién asume los riesgos económicos y controla los riesgos en relación con el desarrollo y explotación de los intangibles.
5. Definir las transacciones vinculadas según la propiedad legal y el análisis de riesgo, teniendo en cuenta los riesgos asociados al desarrollo de intangibles, la posibilidad de obsolescencia, el riesgo de infracción y otros factores.
6. Determinar, en la medida de lo posible, los precios de plena competencia para las transacciones de intangibles, en función de la contribución de cada parte en términos de funciones realizadas, activos utilizados y riesgos asumidos.

Fuente: Informe final del Proyecto BEPS de la OCDE y el G‑20 sobre la Erosión de la Base Imponible y la Transferencia de Beneficios, "Garantizar que los resultados de los precios de transferencia estén alineados con la creación de valor", Acciones 8 a 10, 2015.
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